Seguro de daños materiales para garantizar, durante diez años, el resarcimiento de los daños causados en el edificio por vicios o defectos que tengan su origen o afecten a la cimentación, los soportes, las vigas, los forjados, los muros de carga u otros elementos estructurales, y que comprometan directamente la resistencia mecánica y estabilidad del edificio.
Es un seguro obligatorio para el promotor de viviendas.
Seguro que cubre los daños que se produzcan de forma accidental o imprevisible durante la ejecución de la obra.
Seguro mínimo obligatorio para indemnización o reparación por los daños estructurales
Experiencia en seguros de empresa
Apoyado legalmente
Cumplimiento de la Ley de Ordenación de Edificación